Fiscal denuncia penalmente a Manuel Burga
Fiscal pide juez que retire a BURGA del directorio FPF
Lima Lander
Alemán, en declaraciones a este medio aclaró que la Resolución contra
Alianza Atlético de Sullana, es en represalia por la reciente denuncia
penal emitida por el Fiscal de Lima contra Manuel Burga, ya que este
dirigente fue sancionado por el Tribunal de Honor del Deporte.
"Cabe
indicar, que los ilícitos materia de denuncia aún no han prescrito, por
cuanto mientras el denunciado Manuel Burga Seoane se mantenga en el
cargo de Presidente FPF, su accionar constituyen los delitos de forma de
ejecución continuada", precisa el Fiscal Gutiérrez, en el Segundo
Otrosi Digo.
Julio
Gutiérrez Alarcón, Fiscal Provincial de la 36º Fiscalía Provincial en
lo Penal de Lima, formalizó denuncia penal contra Manuel Burga Seoane,
como autor del delito contra el Patrimonio – Fraude en la
Administración de Personas Jurídicas, en agravio de la FPF
y contra la Administración Pública, delitos cometidos por
particulares, usurpación de funciones, y por delito cometido por
funcionarios públicos, aceptación indebida para cargo público, en
agravio del Estado (Ministerio de Educación y del Instituto
Peruano del Deporte) y contra la fe pública, falsedad genérica, en
agravio del Estado (SUNARP).
Igualmente;
contra el presidente del comité electoral para elegir a la Junta
Directiva FPF, Víctor A. Puente-Arnao Fort, Maggie Martinelli
Montoya (miembro comité electoral), Juan Francisco Boza
Dibos (secretario comité electoral FPF) y Arturo Ernesto Woodman
Pollit, como autor del delito contra fe pública
y falsedad ideológica en agravio del Estado (SUNARP).
La infracción
A
inicios del 2006 el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores
del Deporte (CSJDHD) abría un procedimiento administrativo contra el
directorio de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), presidido por
Manuel Burga, por no haber cumplido lo dispuesto en la Ley 28036 (Ley
del Deporte), que dispone expresamente que todas las federaciones del
sistema deportivo nacional deben adecuar sus estatutos para no entrar en
contradicciones con dicha norma.
El
plazo para adecuar los estatutos terminaba el 31 de diciembre del 2005 y
la FPF no lo cumplía. Según Jorge Guizado, presidente del CSJDHD, la
FPF presenta documentos que acreditaban que se había adecuado, pero a la
Ley del Deporte anterior, ya derogada. "Querían tomarnos el pelo",
comenta el doctor Guizado, quien también es decano del Colegio de
Abogados del Callao.
El castigo
El
12 de julio del 2006, el consejo emitía la Resolución 052, que
destituye a todo el directorio de la FPF presidido por Burga, y además
los inhabilita durante cinco años para ejercer cualquier cargo
federativo. La resolución fue aprobada en el seno del consejo por tres
votos contra uno.
La
FPF no fue la única federación que estaba en falta por no adecuar sus
estatutos a la nueva Ley del Deporte. fue, sin embargo, la Única
sancionada. Según Guizado, esto se debía a que las otras federaciones en
falta ya habían iniciado el proceso de adecuación, mientras que en la
FPF no exista tal voluntad.
La reconsideración
El
directorio de Burga presenta un recurso de reconsideración ante el
CSJDHD, con el argumento de que ya habían cumplido lo dispuesto por la
ley, y solicita por tal motivo una exención de la pena. Efectivamente,
en una asamblea de bases celebrada el 11 de setiembre del 2006 se aprobó
una adecuación, aunque solo parcial. Por ejemplo, la FPF no incluya en
sus estatutos el reconocimiento del CSJDHD como segunda instancia para
resolución de conflictos, por encima de la comisión de justicia de la
misma federación.
Según
Guizado, la FPF anexa un documento del Consejo Directivo del IPD que
supuestamente avalaba la adecuación. Pese a ello, el CSJDHD considera
que la FPF seguía en falta y el 22 de marzo de este año acordó, en un
fallo dividido (tres votos contra dos), mantener la sanción tal como
estaba.
El juicio
Como
el CSJDHD no tiene segunda instancia, con el rechazo de la
reconsideración se dio término a la vía administrativa y el directorio
de Burga acudió al Poder Judicial, mediante la presentación de un
contencioso administrativo, que sigue en proceso. Este no implica, sin
embargo, que la sanción ya emitida quede en suspenso, a menos que el
juez a cargo de la causa emita una medida cautelar, algo que en este
caso no se ha producido.
La defensa
Burga
considera que la sanción es "abusiva e injusta". Su argumento principal
es que el CSJDHD ha sancionado al directorio, cuando la encargada de
aprobar las modificaciones de los estatutos es la asamblea de bases.
Guizado
replica afirmando que el directorio de la FPF no cumplió ni siquiera
con convocar a las bases para discutir este tema dentro del plazo
estipulado, y que las posteriores modificaciones fueron rechazadas por
los Registros Públicos, y por lo tanto no tienen validez.
La situación actual
Para
efectos del sistema deportivo peruano, la FPF está acéfala desde el 12
de julio del 2006. Desde ese año, todos los actos del directorio
presidido por Manuel Burga carecen de validez. No es excepción, desde
luego, la convocatoria a elecciones. Burga, en su condición de
inhabilitado, no podía postular en los comicios del 15 de octubre. Sin
embargo, la única tacha que se presentó en contra de su lista estaba
referida a la presunta situación irregular de Félix Enciso, presidente
del Total Clean.
El
Consejo Directivo del IPD es el encargado de ejecutar la sanción y ha
estado en condición de hacerlo desde que se hizo pública la Resolución
052 del CSJDHD. El camino es el ya conocido: la formación de una
comisión transitoria que tome las riendas de la federación hasta que se
convoque nuevas elecciones. Por qué no se ha hecho todavía? "Eso es algo
que escapa al consejo y corresponde al IPD responder", señala el doctor
Guizado.